10 JUNIO 2017
La Agenda Setting
Por Jorge A. Leyva
Perdiendo su niñez: el trabajo infantil

Uno de los principales objetivos de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) cuando se fundó en 1919 fue la abolición del trabajo infantil. Desde una perspectiva histórica, el principal instrumento de esta organización para alcanzar el objetivo de la abolición efectiva del trabajo infantil ha sido la adopción y la supervisión de los estándares laborales en los que se aborda el concepto de edad mínima de admisión al empleo o al trabajo.
El trabajo infantil prohibido en el derecho internacional queda comprendido en tres categorías: 1.- Las formas incuestionablemente peores de trabajo infantil, que internacionalmente se definen como esclavitud, trata de personas, servidumbre por deudas y otras formas de trabajo forzoso, reclutamiento forzoso de niños para utilizarlos en conflictos armados, prostitución y pornografía, y otras actividades ilícitas. 2.- Un trabajo realizado por un niño que no alcanza la edad mínima especificada para ese tipo de trabajo (según determine la legislación nacional, de acuerdo con normas internacionalmente aceptadas), y que, por consiguiente, impida probablemente la educación y el pleno desarrollo del niño. 3.- Un trabajo que ponga en peligro el bienestar físico, mental o moral del niño, ya sea por su propia naturaleza o por las condiciones en que se realiza, y que se denomina trabajo peligroso.
En el marco del Día Mundial contra el Trabajo Infantil que conmemora este 12 de junio, se debe trabajar para garantizar un nuevo enfoque en las políticas nacionales y los programas para promover un enfoque integral de todos los principios y los derechos fundamentales en el trabajo. Un mayor conocimiento de las causas del trabajo infantil. La definición más completa y reconocida a nivel internacional del concepto de la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo y la edad para la realización de la escolaridad obligatoria.
¿Que otras cosas se deben hacer? Se debe fortalecer la seguridad y la salud en el trabajo para todos los trabajadores, pero con garantías específicas para los niños entre la edad mínima de admisión al empleo y la edad de 18 años mediante la preparación y actualización de las listas de trabajo infantil peligroso. Promover el funcionamiento de las instituciones y los mecanismos encaminados a vigilar la aplicación y el cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales en el trabajo, incluida la protección contra el trabajo infantil, (cortes, tribunales, jueces, inspectores del trabajo y seguimiento del trabajo infantil). Continuar con el desarrollo de las actividades de promoción y de alianzas estratégicas a nivel internacional, nacional y local, así como promover el movimiento mundial contra el trabajo infantil Y replicar y ampliar las buenas prácticas que han tenido resultados sostenibles. Les comparto nuestro correo electrónico: jordymx@hotmail.com y en twitter nos puedes encontrar como: @JorgeLeyva_