sábado, 18 de febrero de 2017

¿Ley de Seguridad Interior? Así es

¿Hasta donde es válido que las fuerzas armadas del país: el ejército, marina, y la fuerza aérea realicen las tareas propias de los cuerpos de seguridad como las policías municipales, estatales o federales? Si bien es cierto que la inseguridad nos afecta a todos, el tema se vuelve más complejo cuando se habla de los las fuerzas armadas ante lo delicado de los derechos humanos y la propia preparación de los cuerpos de élite.
Por eso tanto en el Senado de la República como en la Cámara de Diputados se analiza la expedición de una Ley de Seguridad Interior que permita definir ¿Cuándo si?y ¿Cuándo no? Pueden entrar estos cuerpos a realizar tareas propias de otras corporaciones. Y es que uno de los puntos de partida de las iniciativas que han presentado senadores y diputados tienen que ver con la ineficacia de las autoridades locales, entidades federativas o municipios para hacer frente a las diversas amenazas a la seguridad interior, junto con la falta de un marco normativo que dé certeza a la actuación de las fuerzas federales y armadas en materia de seguridad interior.
En México el modelo que tenemos es el que en 2006 se puso en marcha con la administración del presidente Felipe Calderón y que ha continuado hasta la fecha con el mandato del presidente Enrique Peña. Este modelo tiene que ver con la presencia permanente de las fuerzas armadas en diferentes regiones o estados del país con la finalidad de realizar tareas de seguridad pública sustituyendo a las corporaciones locales.
Las iniciativas presentadas al momento, como lo revela un documento del Senado de la República al que tuvimos acceso, intentarían otorgar certeza y seguridad jurídica a las fuerzas armadas y federales, así como a las corporaciones locales, pero sobre todo a la población, acerca de la actuación de las primeras en asuntos de seguridad interior. De igual forma, contemplan mecanismos de evaluación e incentivos para que las corporaciones locales retomen -o en su caso no dejen de lado- sus atribuciones en el ámbito de la seguridad pública.
Todas las propuestas, cada una con sus particularidades, pretenden determinar los casos específicos en los que las fuerzas armadas pueden intervenir, así como las características de su actuación dando atención a la temporalidad o vigencia, la delimitación geográfica de las operaciones, el tema de los derechos humanos y sus garantías, así como los demás principios rectores de los protocolos y acciones enfocados a la seguridad interior.
Un tema que no es menor es que para la entrada de las fuerzas especiales, el marco legal propuesto por distintos legisladores contempla la obligación hacendaria de descontar participaciones federales, en el ramo de seguridad pública, al gobierno de la entidad federativa o municipio por el servicio que realiza la federación a causa de su incapacidad institucional. Esto debido a que se conformaría como un cuerpo de élite perteneciente a la milicia cuyas características sean propicias para atender afectaciones a la seguridad interior bajo un adiestramiento y doctrina especial que privilegie el respeto a los derechos humanos. Este prospecto de ley, es uno de los más importantes en la agenda nacional de 2017 y está a la vuelta de la esquina. Les comparto nuestro correo electrónico: jordymx@hotmail.com y en twitter nos puedes encontrar como: @JorgeLeyva_

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