jueves, 13 de febrero de 2014

¿Oficializar la persecución política?

13 FEBRERO 2014
La Agenda Setting
¿Oficializar la persecución política?

Tabasco no es el primer estado donde ser amaga en perseguir a quienes desde las redes sociales emiten opiniones, no obstante la Constitución Mexicana en su Artículo Sexto deja clara la libertad fundamental de expresión de las ideas, bajo el siguiente término: La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito o perturbe el orden público; el derecho a la información será garantizado por el Estado. La pregunta obvia es ¿Cómo se perturba el orden público con Facebook o Twitter? ¿Cómo definir o con qué bases decir que es un rumor o no? No resulta fácil. 

Ignacio Villaverde en su libro “Estado democrático e información: el derecho a ser informado” afirma que la libertad de expresión es lo que permite la creación de la opinión pública, esencial para darle contenido a varios principios del Estado constitucional, como lo son algunos derechos fundamentales –el derecho a la información, el derecho de petición o los derechos en materia de participación política-; por eso es que la existencia de una opinión pública libre y robusta también es una condición para el funcionamiento de la democracia representativa.

El intercambio de opiniones e informaciones que se origina con la discusión pública contribuye a formar la opinión personal, que al juntarse con las de los demás integrantes de una comunidad, conforman opinión pública, que acaba finalmente manifestándose como voluntad jurídica del Estado como bien advierte el jurista Miguel Carbonell. Por eso es que resulta más que ocioso, intolerante y autocrático advertir que tan sólo por sostener una conversación telefónica te citen a una comparecencia en una procuraduría. Ese es el caso que atañe a la ex diputada local Lorena Beaurregard de los Santos, quien en un programa de radio local reveló que habló con el ex titular de la Secretaría de Asentamientos y Obras Públicas, Héctor López Peralta, quién es requerido por la justicia tabasqueña. ¿A poco no hay otras formas de ubicar a una persona que no ha acudido a varios citatorios? ¿Dónde está la inteligencia propia de los cuerpos de investigación y de seguridad pública para localizar a un prófugo de la justicia? ¿Acaso no tienen? ¿Falta capacidad? El tema no es si alguien habla o no con alguien. Sino que por emitir opiniones contrarias al sentir de un Gobierno, éste use mecanismos para amedrentar o constreñir la opinión pública de los actores políticos.

Y no tocamos el tema de alguien que presuntamente cometió un ilícito. A Héctor López Peralta, a Luis Felipe Graham por citar algunos ejemplos de la administración pasada, al igual que los funcionarios de la actual administración; si hay presunción de que cometieron un delito se les debe investigar por igual, y sí resultan culpables… que reciban su justo castigo. Lo que no se pude aceptar es que se persigan a políticos por el simple hecho de disentir políticamente. Esta situación es propia de  los Estados autoritarios. Señales que advierten, podría estar germinándose un caldo de cultivo persecutorio a quienes cuestionan el actuar gubernamental o de quienes señalan carencias y errores en el ejercicio público. Ante los apetitos de quienes les molesta las opiniones públicas contrarias valdría la pena darle una revisión a la legislación sobre la materia y sobre los derechos fundamentales consagrados en nuestra Constitución. Hoy es Lorena Beaurregard. ¿Mañana al resto de los priístas? ¿Luego serán los periodistas? No se puede intentar reprimir a la oposición seria y responsable que ayuda a mantener un equilibrio democrático con prácticas judiciales o extra judiciales. Tampoco intentar regular y perseguir en las redes sociales a supuestos rumorólogos. Una autoridad politizada no ayuda en nada a un estado de convivencia sano ni demócrata.

La libre comunicación de los pensamientos y de las opiniones es uno de los derechos más preciados del hombre; todo ciudadano puede, por tanto, hablar, escribir e imprimir libremente, salvo la responsabilidad que el abuso de esta libertad produzca en los casos determinados por la ley. La libertad de expresión tiene como consecuencia la prohibición de toda forma de censura, como afirma Miguel Carbonell: no se puede censurar a los interlocutores y no se puede tampoco censurar los contenidos posibles de la discusión, todos los temas son discutibles dentro de una democracia. No se debe tener la piel tan sensible. Les comparto nuestro correo electrónico: jordymx@hotmail.com y en twitter nos puedes encontrar como: @Jorge__Leyva 

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